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jueves, 7 de junio de 2007

No hay tales contradicciones

Ante informaciones del periódico El Tiempo, el día 7 de junio, que alertan sobre supuestas contradicciones entre las versiones libres de Salvatore Mancuso, Iván Roberto Duque y Freddy Rendón, declaramos lo siguiente:

1. Es falso que se hayan manifestado contradicciones entre las versiones libres de Salvatore Mancuso y Freddy Rendón sobre los casos del doctor Francisco Santos, vicepresidente de la República, y del recientemente fallecido General Martín Orlando Carreño.

2. También es falso que se hayan producido contradicciones entre las versiones libres de Salvatore Mancuso e Iván Roberto Duque.

Sobre el primer punto declaramos lo siguiente:

a) EL TIEMPO equívocamente menciona una reunión de Freddy Rendón con Francisco Santos en El Volador que no es la misma reunión donde Salvatore Mancuso se reunió con Francisco Santos. Se trata de dos reuniones distintas y no de la misma reunión como malinterpreta el comentario periodístico de El Tiempo. Hacemos precisión que la reunión que se menciona en la referida edición de EL TIEMPO no es la misma a la que asistió Salvatore Mancuso donde se planteó por parte de Francisco Santos el tema de extender el modelo de Autodefensas a Bogotá. No hubo entonces ninguna contradicción ni mucho menos Freddy Rendón desmintió a Salvatore Mancuso como erróneamente se publica allí. La tergiversación de los hechos en que incurre EL TIEMPO hace entrever una manipulación de la información que no condice con la objetividad que esperan los lectores. En su versión libre Salvatore Mancuso ya había declarado ante el Fiscal que tenía conocimiento de que Francisco Santos se había reunido en otra oportunidad con Carlos Castaño y Freddy Rendón, haciendo la aclaración que él no asistió a esa reunión y que éste último podría dar detalles sobre lo allí ocurrido en su respectiva versión libre, como efectivamente ocurrió el miércoles cuando Freddy Rendón dijo que acompañó a Carlos Castaño a una reunión con Francisco Santos, en el sitio conocido como Los Guayabos, en área rural del municipio de Tierralta, donde Francisco Santos habló entre otros, de la ONG País Libre y le dijo a Carlos Castaño que le iba a presentar a unos oficiales de la policía que estaban trabajando muy activamente contra el secuestro. Conclusión, aquí no hay contradicciones ni desmentidas, sino solamente una mala información, una deformación informativa de EL TIEMPO.

b) En la misma nota periodística EL TIEMPO informa que, a diferencia de Salvatore Mancuso, Freddy Rendón indicó en su versión libre que el General Martín Orlando Carreño nunca colaboró con él y que por el contrario fue su más implacable perseguidor. Sobre esto hacemos la claridad que una cosa son las relaciones que haya tenido el general con Salvatore Mancuso y otra muy distinta las que haya podido mantener con Freddy Rendón. Resulta llamativo este desconocimiento que demuestra EL TIEMPO, sobre la naturaleza del conflicto armado irregular donde perfectamente caben estas diferencias operativas tácticas. Concluimos entonces que lo que pesa en esta nota es la decisión de descalificar la versión libre de Salvatore Mancuso y restarle credibilidad.

Sobre el segundo punto declaramos lo siguiente:

En el tema referente al departamento de Bolívar, EL TIEMPO, informa que Iván Roberto Duque desmintió a Salvatore Mancuso porque dijo que él (Duque) no estuvo en la reunión donde se permitió el espacio para la participación libre y democrática en la contienda electoral del departamento de Bolívar, como lo había afirmado Salvatore Mancuso, Aquí tampoco cabe la tal ‘desmentida' como erróneamente informa EL TIEMPO porque sencillamente la versión libre de Salvatore Mancuso no da lugar a ello. Salvatore Mancuso no declaró en ningún momento en su versión libre que Iván Roberto Duque haya asistido a esa reunión, y de eso da fe la misma versión libre tanto en el video como en la transcripción.

Como soporte de lo expresado se encuentran las declaraciones dadas por cada uno de los suscritos, las cuales reposan en la Unidad de Justicia y Paz de la Fiscalía General de la Nación, y que podrán ser consultadas de acuerdo con las directrices que imparta el organismo investigador.

Por lo anterior, hacemos un llamado a la opinión en general para reflexionar sobre los aspectos que se mencionan a continuación:

¿Será que la justicia y el país se ven favorecidos cuando el periódico El Tiempo procede con apresuramiento en materias tan sensibles y delicadas? ¿Especialmente cuando la verdad es manipulada en función de intereses particulares pasando por encima del interés general del país?

¿Será que el ocultamiento o tergiversación de la verdad contribuye de manera efectiva a la reconciliación como instrumento efectivo para alcanzar la paz?

Finalmente, manifestamos nuestro firme compromiso con el pueblo colombiano, con la verdad histórica integral para evitar la repetición de estos esquemas históricos y repetitivos de violencia, y reiteramos nuestro inquebrantable propósito de seguir abriendo caminos de paz y reconciliación, alejados de la polarización y el interés particular que enferma las clases políticas, convencidos que solo el consenso y gran acuerdo nacional harán posible que cesen todas las violencias.


Salvatore Mancuso
Freddy Rendón

jueves, 13 de mayo de 2004

Acuerdo entre el Gobierno Nacional y las Autodefensas Unidas de Colombia para la zona de ubicación en Tierralta, Córdoba

Santa Fe de Ralito,

El Alto Comisionado para la Paz, en nombre del Gobierno Nacional y los miembros del Estado Mayor Negociador de las Autodefensas Unidas de Colombia, reunidos los días 12 y 13 de mayo de 2004, en Santa Fe de Ralito, con el acompañamiento de la Misión de Apoyo al Proceso de Paz en Colombia de la OEA, MAPP/OEA y la Iglesia Católica, llegaron al siguiente acuerdo que regirá el funcionamiento de la zona de ubicación en Tierralta, Córdoba.

1. Objeto de la zona

La zona de ubicación se establece con los propósitos de :

a. Facilitar la consolidación del proceso de paz y los acuerdos entre el Gobierno Nacional y las Autodefensas Unidas de Colombia.
b. Contribuir al perfeccionamiento y verificación del cese de hostilidades.
c. Avanzar hacia la definición de un cronograma de concentración y desmovilización de los miembros de las Autodefensas Unidas de Colombia .
d. Permitir la interlocución de la mesa de diálogo con todos los sectores nacionales e internacionales.
e. Facilitar la participación ciudadana y contribución de los colombianos al proceso.

2. Delimitación de la zona

La zona de ubicación corresponde a los límites señalados en la Resolución expedida por el Sr. Presidente de la República en uso de las facultades que le confiere la Ley 782 de 2002.
El espacio aéreo correspondiente a esta zona, se suspende para la navegación comercial y privada a menos de 10.000 pies. Las aeronaves que requieran usar este espacio contarán con autorización especial del Gobierno Nacional.

3. Vigencia

a. La zona tendrá una vigencia de seis (6) meses prorrogables de acuerdo con las necesidades del proceso.
b. La fecha de instalación de la zona de ubicación será concertada entre el Gobierno Nacional y las Autodefensas Unidas de Colombia y se dará a conocer a la opinión, en el momento oportuno.
c. En caso que finalice la vigencia de la zona por decisión concertada o de manera unilateral, los miembros de las Autodefensas Unidas de Colombia contarán con un plazo de cinco (5) días para la evacuación de la zona.
d. La Misión de Apoyo al Proceso de Paz de la OEA, MAPP/OEA verificará el cumplimiento de esta garantía, con el acompañamiento de la Iglesia.

4. Garantías jurídicas en la zona

Conforme a la Ley 782 y durante la vigencia de la zona, se suspenden las órdenes de captura y las operaciones ofensivas contra los miembros de los grupos de autodefensa que se encuentren dentro del territorio delimitado.

5. Principios rectores

La conducta de los miembros de las autodefensas y del Gobierno Nacional, dentro de la zona de ubicación, se ajustará a los siguientes principios básicos:

- Voluntad de paz
- Transparencia
- Respeto a la población que habita en la zona
- Respeto mutuo
- Legalidad
- Flexibilidad y disposición para la conciliación
- Buena fe
- Confidencialidad concertada en la negociación y objetividad en la información pública.


6. Normas básicas de funcionamiento

a. En el territorio de la zona de ubicación mantendrá plena vigencia el Estado y el ordenamiento legal colombiano.
b. El Gobierno Nacional y la Misión de Apoyo de la OEA, MAPP/OEA, contarán con sendas sedes en la zona de ubicación, cuya seguridad es responsabilidad de la Fuerza Pública colombiana.
c. Las salidas de la zona y los reingresos de los miembros de las Autodefensas Unidas de Colombia, deberán ser autorizados y garantizados por el Gobierno Nacional, serán limitados y otorgados sólo para desarrollar actividades relacionadas con el proceso de paz.
d. En la zona de ubicación funcionará con carácter permanente el Comité de Seguridad y Convivencia, conformado por: Un delegado de la Oficina del Alto Comisionado para la Paz, un delegado de la Misión de Apoyo de la OEA, MAPP/OEA y un delegado de las Autodefensas Unidas de Colombia. Serán invitados permanentes: la Iglesia, un delegado del Ministerio de Defensa, la Alcaldía de Tierralta, la Gobernación de Córdoba, un delegado de la comunidad, y/o las otras entidades que se acuerden.
e. El Comité de Seguridad y Convivencia tomará decisiones y coordinará acciones sobre: logística, seguridad, reglamento interno de convivencia y comportamiento, comunicaciones e ingreso de visitantes a la zona.
f. Los miembros de las Autodefensas Unidas de Colombia se abstendrán de: desarrollar actividades ilícitas, reclutar personas, ejercer presión o amenazas sobre pobladores o visitantes, desarrollar entrenamiento armado y ordenar o coordinar acciones ilegales desde la zona.
g. Si se presentare una violación o infracción a la ley colombiana, las autoridades competentes atenderán la situación, según el ordenamiento legal vigente.
h. Se garantizará el ingreso, la salida y la movilización dentro de la zona a los habitantes y aquellas personas que desarrollan actividades en ese territorio.
i. El Comité de Seguridad y Convivencia definirá una política de comunicaciones y reglamentará el acceso de los medios de comunicación a la zona de ubicación.
j. La Misión de Apoyo de la OEA, MAPP/OEA, recibir? un inventario de las armas, material de guerra y municiones en poder de los miembros de las autodefensas en la zona. Los miembros de las autodefensas se abstendrán de fabricar, almacenar, ingresar o retirar armas, material de guerra y/o municiones adicionales.
k. La Misión de Apoyo de la OEA, MAPP/OEA, recibir? un informe sobre los medios y equipos de comunicación en poder de civiles o autodefensas, que funcionan en la zona.
l. La Misión de Apoyo de la OEA, MAPP/OEA, desarrollar? un proceso de información y sensibilización con las comunidades que habitan la zona.

7. Seguridad de la zona

a. La Fuerza Pública colombiana se encargará de la seguridad perimetral de la zona y del control de acceso.
b. Las personas y vehículos que ingresen a la zona serán registradas y se someterán a los controles de seguridad que existan para tal fin.
c. En coordinación con la Fuerza Pública se adoptarán las medidas que permitan la instalación de un cordón de seguridad interno para la seguridad de las autodefensas.
d. Se establecerá un plan de seguridad que será revisado por el Comité de Seguridad y Convivencia de manera periódica.

8. Verificación

a. La Misión de Apoyo de la OEA, MAPP/OEA, verificará el cumplimiento de este Acuerdo y de los compromisos adquiridos.
b. En la zona de ubicación funcionará un Comité de Verificación, encargado de apoyar a la Misión de la OEA, MAPP/OEA, en la verificación del cese de hostilidades a nivel nacional.
c. El Comité de Verificación estará conformado por: un miembro de la Misión de Apoyo de la OEA, MAPP/OEA, un delegado de la Oficina del Alto Comisionado para la Paz y un delegado de las Autodefensas. Este Comité elaborará un procedimiento para la recepción y atención de quejas, informaciones o denuncias sobre el cumplimiento del cese de hostilidades.

Por el Gobierno Nacional
LUIS CARLOS RESTREPO RAM?REZ
Alto Comisionado para la Paz

Por las Autodefensas Unidas de Colombia
ESTADO MAYOR NEGOCIADOR AUC
SALVATORE MANCUSO
VICENTE CASTAÑO
ADOLFO PAZ
JAVIER MONTAÑEZ
JORGE 40
JULIÁN BOLÍVAR
HERNÁN HERNÁNDEZ
MIGUEL ARROYAVE
ERNESTO BÁEZ
RAMIRO VANOY

Testigos
Por la Misión de Apoyo de la OEA, MAPP/OEA
SERGIO CARAMAGNA

Por la Iglesia Católica
MONSEÑOR JULIO CÉSAR VIDAL